jueves, 16 de septiembre de 2010

Destacar diferencias y semejanzas entre los modelos constitucionales inglés, norteamericano y francés frente al modelo dominicano.


La constitución dominicana es una constitución comprendida por diversas experiencias constitucionales de países extranjeros. Por lo que continuare explicando las diferencias y semejanzas de los modelos constituyentes mas influyentes en nuestra constitución desde sus inicios.

Del modelo constitucional norteamericano podría decir que entre las semejanzas con nuestra constitución se encuentra en la división de poderes y la enumeración de los derechos fundamentales. También importamos el control difuso de constitucionalidad, consagrado en ocasiones por textos constitucionales, el nombre designado a las Cámaras Legislativas y la consagración constitucional de Habeas Corpus. Por otro lado, así como de los norteamericanos nos vimos influenciados, igualmente tenemos nuestras diferencias, entre las que se encuentran el tipo de Estado que son los dos países, ya que Estados Unidos es un Estado federal mientras que Republica dominicana es un Estado unitario.

Sin embargo, del modelo francés podemos ver su influencia en la organización del Poder Legislativo, la creación del Consejo conservador el Tributario y en la división territorial en comunes, la cual era muy propia de la Administración territorial Francesa. Para 1908, la influencia francesa se visualiza nuevamente en la consagración constitucional del recurso de casación y el Consejo Nacional de la Magistratura en 1994.

Por ultimo, del modelo constitucional ingles adquirimos la idea de que el Parlamento esta basado en los jueces y no en los legisladores y a su vez la idea de libertad como libertad personal y como seguridad de las personas y bienes.




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